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Factura al Estado

Revisado el 24 de agosto de 2026

La factura que emites tiene que ser un Documento Tributario Electrónico: el Servicio de Impuestos Internos exige facturación electrónica y el DTE reemplaza por completo a la factura en papel. Para emitirlas necesitas estar autorizado como facturador electrónico ante el SII.

Una vez que el organismo recibe tu factura, la ley le da 30 días corridos para pagarte, contados desde esa recepción. El plazo puede extenderse hasta 60 días solo en licitaciones públicas, privadas o tratos directos, y solo con motivos fundados que el organismo tiene que justificar — no es una opción por defecto.

Si el organismo se atrasa, la deuda genera intereses y una comisión por recuperación a tu favor desde el primer día, y los pagos tienen que hacerse por transferencia electrónica de fondos. Esto lo regula la Directiva de Contratación Pública N.º 23/2026 de ChileCompra, sobre la base de la ley general de pago a 30 días, que también rige para los contratos que celebran los organismos públicos.